Es necesario recuperar los espacios de la libertad Abril 29, 2009
Posted by admin in : Educación, CJTM, Derechos Civiles , comments closedCentro Jurídico Tomás Moro, Madrid a 29 de Abril de 2009.- En los últimos días, estamos asistiendo a nuevas restricciones en materia de libertad educativa.
Al debate en materia de educación diferenciada, que se ha suscitado últimamente por la pretensión de determinadas Comunidad Autónomos de eliminar los conciertos educativos, se ha unido la desalentadora sesión parlamentaria del pasado martes, en la que se impidió, con el voto en contra del mayoritario grupo parlamentario, que saliera adelante la Propuesta de Ley para garantizar el derecho de los padres a elegir la lengua de enseñanza en la educación de sus hijos.
Es este punto, es necesario recordar al poder legislativo que la libertad de enseñanza es un libertad reconocida por la Constitución en su artículo 27. Efectivamente, es simplemente un libertad reconocida, por cuanto la libertad de enseñanza no es un derecho creado constitucionalmente, sino que es un derecho natural consustancial a la familia, y por tanto, la constitución no hace otra cosa que reconocer una realidad universalmente válida: El derecho de los padres a elegir la educación para sus hijos. (more…)
Ante las Sentencias del Tribunal Supremo sobre Educación para la Ciudadanía. Febrero 17, 2009
Posted by admin in : Educación, Educación para la ciudadanía, Derechos Civiles, Libertades civiles , comments closedMadrid, 17 de Febrero de 2009.- El Centro Jurídico Tomás Moro, ante las Sentencias del Tribunal Supremo en relación a Educación para la Ciudadanía, y sin perjuicio de un posterior estudio en profundidad, se ve en la necesidad de realizar algunas observaciones:
1.- Pocas veces los miembros de este Centro Jurídico han tenido ocasión de estudiar unas Sentencias de nuestro Alto Tribunal, tan incongruentes en su iter lógico. Efectivamente, de los Fundamentos Jurídicos desarrollados en las Sentencias, es difícil llegar a los Fallos a los que llega el Alto Tribunal.
2.- Las discutidas Sentencias Judiciales, demuestran que la asignatura de Educación para la Ciudadanía ha motivado jurídicamente la misma división que ha generado en la sociedad española. La amplitud, profundidad, extensión y profusión de los votos particulares, demuestran que la asignatura no genera la paz social imprescindible para su docencia en los centros escolares.
3.- La interpretación restrictiva que dichas Sentencias realizan de la Objeción de Conciencia, supone un peligro para la democracia española, pues ante las arbitrariedades de los poderes públicos, el Tribunal Supremo deja inerme a la ciudadanía. La amplitud del reconocimiento del Derecho Fundamental a la Objeción de Conciencia, es el verdadero termómetro para determinar la salud de la democracia. La historia nos demuestra que la limitación de la objeción de conciencia lleva implícita la limitación de la libertad.
4.- El Tribunal Supremo hace dejación de sus funciones, pues su misión principal es la de tutelar los derechos ciudadanos y no la de hacer recomendaciones a los poderes políticos. Las continuas advertencias que el Tribunal Supremo realiza a los poderes políticos para que eviten el adoctrinamiento, no son más que demostraciones tácitas del peligro de manipulación que el Alto Tribunal ha detectado en los contenidos de la materia discutida; sin embargo, dicha alarma no les ha llevado a dar la razón a los padres objetores.
5.- La ciudadanía, justa o injustamente, con acierto o no, no orlará a dichas Sentencias del respeto debido, pues las dudas sobre las presiones políticas ejercidas sobre los Magistrados están presentes en la mayoría de los españolas. Efectivamente, desde que se supo que la declaración institucional congratulándose de la decisión judicial se produjo con anterioridad a la redacción de la misma, el común sentir lleva a entender que la Ministra de Educación realizó flaco favor a las libertades ciudadanas, a la independencia judicial y a la mesura política.
Por todos estos motivos, y después de conocer el contenido de las Sentencias, este Centro Jurídico considera su obligación moral y ciudadana, seguir apoyando, alentando e incentivando la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía, y seguir profundizando en el estudio de nuevos cauces de libertad para los padres que se nieguen a entregar a sus hijos a la manipulación ideológica.
II Ciclo de Coferencias sobre la Objeción de Conciencia a Epc Septiembre 18, 2008
Posted by admin in : Actualidad, Educación, Educación para la ciudadanía, Derechos Civiles , comments closedEl Observatorio Burgalés para la Objeción de Conciencia, formado por organizaciones locales como CONCAPA y Foro Español de la Familia, inaugura esta tarde el II Ciclo de Conferencias sobre la Objeción de Conciencia a Educación para la Ciudadanía. Ignacio García Juliá, vicepresidente del Centro Jurídico Tomás Moro será el encargado de ofrecer la primera de las conferencias, a partir de las 20:00h, en el salón de actos de CajaCírculo de la calle San Pablo de la capital burgalesa.
Foros de Debate Tomás Moro Septiembre 18, 2008
Posted by admin in : Actualidad, Dº a la vida, Educación, CJTM, Ofensas a la religión, Educación para la ciudadanía, Objeción de Conciencia, Derechos Civiles , comments closedEl Centro Jurídico Tomás Moro en su deseo de formar en valores católicos a los juristas del presente, decidió en la última reunión de la Asociación, impulsar los Foros de Debates temáticas, donde nuestros asociados pudieran intercambiar ideas, conocimientos, formas de trabajo … Hoy, estamos en disposición de presentar el fruto de nuestro trabajo. Ya sólo queda que enviéis vuestra colaboraciones, para colgarlas e ir enriqueciendo el Foro.
Ver Foros de Debate Tomas Moro.
Querella contra la limitación al derecho a la objeción de conciencia impuesta por la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha Septiembre 26, 2007
Posted by admin in : Educación, Educación para la ciudadanía, Objeción de Conciencia, Derechos Civiles , comments closedEl Centro Jurídico Tomás Moro, a raíz de la ‘nota interior’ emitida por el Delegado Provincial en Toledo de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, Ángel Felpeto Enríquez, por la que ordenaba a todos los Centros Educativos a no evaluar a los alumnos que objetaran en conciencia a su impartición (impidiendo así su promoción de curso), presentó con fecha 8 de junio una querella que ha sido admitida a trámite por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Toledo.
Madrid, 26 de septiembre de 2007.- La asignatura Educación para la Ciudadanía, conforme a los contenidos aprobados por el Ministerio de Educación y Cultura, introduce objetivos, materias y criterios de evaluación que afectan directamente a la formación moral de los alumnos desde los 10 a los 18 años, terreno en el que sólo corresponde a los padres decidir, tal como reconoce el artículo 27.3 de la Constitución Española. A través de esta nueva asignatura se pretende educar a los alumnos en la peculiar visón ética de la persona y de la afectividad que tienen los actuales gobernantes, en contra de la conciencia de la mayoría de padres y madres españoles. (more…)